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  • 1. Solicitud debidamente firmada por el adoptante y adoptado y autorizada por abogado hábil.
  • 2. Adjuntar fotocopia del documento de identidad de los intervinientes.
  • 3. Partida de nacimiento original del adoptante y adoptado.
  • 4. Diferencia de 18 años de edad entre el adoptante y el adoptado.
  • 5. Si el adoptante es casado: adjuntar la partida de matrimonio original con intervención obligatoria del cónyuge aceptando la adopción.
  • 6. Aprobación de cuentas, en caso el adoptante haya sido representante legal del adoptado.
  • 7. Inventario de los bienes del adoptado.
  • Es importante tener en cuenta que el notario solo puede hacer adopciones de mayores de edad.